¿Qué es?
Es una base de datos, donde se registrará a deudores de pensiones alimenticias, quienes sufrirán consecuencias que los obligarán a pagar sus morosidades, a través de sanciones de carácter patrimonial.
¿Quiénes lo integrarán?
Aquellos alimentantes que deban tres mensualidades de pensiones consecutivas, o cinco discontinuas.
¿Qué sanciones existen?
- Al solicitar un crédito bancario igual o superior a 50 UF, se retendrá parte de los fondos para la deuda.
- Durante el proceso de devolución de impuestos, la Tesorería, retendrá parte del dinero adeudado.
- Si una persona es despedida del trabajo, deberá cancelar la pensión con la indemnización por años de servicio.
- Será parte de la evaluación no encontrarse en el Registro, en caso de querer adoptar.
- Si el deudor vende un inmueble o vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o Registro Civil, podrá inscribirlo pero sólo si se acredita que se pagarán los alimentos.
- No se les otorgará licencia de conducir o pasaporte, a menos que demuestre su necesidad.
- Inhabilidadd para recibir beneficios del Estado.
- A los trabajadores con contrato de honorarios y/o pensionados, se les retendrán sus pagos.